Por Jorge Álvarez
Fuente: Infobae

En Argentina el 99,9% de los nacimientos están registrados, pero lamentablemente no todos son inscritos y, por ende, hay niños recién nacidos sin partida de nacimiento ni DNI. Esto no significa que todos van a ser indocumentados, pero seguro sí lo serán una parte importante de ellos.

Esta situación técnicamente se denomina «subregistro de nacimiento», es una problemática que se repite por diferentes motivos en Latinoamérica y el Caribe. Dada su magnitud, forma parte de la agenda 2030 para el desarrollo sostenible de Naciones Unidas.

¿Por qué, si los nacimientos son registrados, no todos acceden a un DNI? La registración del nacimiento es el procedimiento que deja constancia mediante documento público, denominado «constancia de parto», donde se acreditan los datos de la mujer que dio a luz, los del recién nacido (sexo, peso, datos biométricos, etcétera) y lleva la firma de los profesionales de la salud que asistieron el parto. Este documento lo expide el Estado y es obligación del establecimiento asegurarlo.

La inscripción del nacimiento es el proceso en el que la madre o los padres inscriben en el Registro Civil correspondiente dicho nacimiento, con la constancia del parto y los DNI de los progenitores. El Estado brinda de manera gratuita este documento, es obligación y responsabilidad de los padres realizarlo.

Justamente por este motivo y para evitar los denominados subregistros de nacimientos, el Congreso Nacional sancionó, en el 2008, la ley 26413 que, entre otros aspectos, obliga al Estado a realizar de hecho la inscripción de los nacimientos si, pasado el plazo de cuarenta días, sus padres no lo hicieran. Una iniciativa moderna y en sintonía con los alcances de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que pondera el interés superior de los niños frente a cualquier otro derecho u obligación; es entonces el derecho a la identidad la puerta de ingreso a la ciudadanía.

De acuerdo con nuestra Constitución, la facultad de inscribir los nacimientos es una potestad de los estados subnacionales por medio de los registros provinciales correspondientes y fueron estos quienes oportunamente resistieron la implementación total de dicha ley por no poder garantizar su cumplimiento.

Es por eso que, en febrero del 2009, mediante un decreto de necesidad y urgencia, la entonces presidente Cristina Fernández de Kirchner dictó el decreto 90/09 cuyos alcances les quitaban la obligación de inscribir de hecho a las provincias y elevaban hasta los 12 años la edad para realizar la inscripción en los registros civiles. Ello dejaba en manos de sus padres la responsabilidad. Una iniciativa de excepción se transformó entonces en una regla, desde entonces cada año en el mes de febrero el PEN renueva los alcances de este decreto, tanto el gobierno de CFK como el actual de Cambiemos.

Hace pocos días, la provincia de Buenos Aires acaba de dar un paso en el cumplimiento de la ley 26413, comprometiendo a la administración provincial, por medio del Ministerio de Salud y el Registro Provincial de las Personas, a asegurar la inscripción de todos los nacimientos producidos en hospitales públicos.

Esta decisión de la gobernadora María Eugenia Vidal es de un avance superlativo, en un solo movimiento el Estado pasa a garantizar el derecho a la identidad al recién nacido. Un punto de partida que obligará al resto de las administraciones provinciales a copiar esta iniciativa que nos va a permitir que no haya más niños sin DNI.

Aun falta solucionar la situación de aquellas personas que siguen indocumentadas, pero es necesario señalar que asistimos a un avance de una importancia superlativa.

El autor es presidente del Iadepp.

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